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“Este estudio versa
sobre un proceso palmariamente pacífico y tranquilo: la utilización y
adaptación de la parafernalia, tanto militar como civil, del gobierno romano en
el siglo V cuando algunos pueblos bárbaros pactaron asentarse en suelo
perteneciente a las provincias del Imperio. Merece la pena investigar con
cierto detalle estos acuerdos, pues pueden ser una valiosa fuente de
información acerca de la supervivencia en la Alta Edad Media de sofisticadas
instituciones estatales y de los regímenes de propiedad de la tierra en los
primeros reinos bárbaros” pp50.
El esquema de razonamiento que el autor emplea es el mismo durante todo el texto: en primer lugar expone las teorías que tradicionalmente se han considerado como válidas, haciendo un repaso a la historia de distintos pueblos bárbaros, para después refutarlas con distintos argumentos.
Emplea como punto de partida a su discurso: que parte de las instituciones estatales y regímenes de propiedad que aparecen en la Edad Media, de los reinos bárbaros, son la perpetuación de las que existían en el Imperio Romano. Esto supone que los bárbaros las aceptaron y las hicieron propias.
Se centra en tres casos concretos: visigodos, burgundios y ostrogodos, y pretende demostrar la poca validez de la teoría. Según el esquema tradicional, los pueblos germánicos entraron en el Imperio Romano en forma de masivas oleadas, entre los siglos tres y uno a.C., movidos por el empuje de otros pueblos germánicos que venían a ocupar sus tierras, y de una forma desordenada y agresiva, que acabaron por propiciar la venida abajo del Imperio.
A estos tres pueblos se les presupone un pasado lejano a su asentamiento en las fronteras del imperio Romano, y un constante errar por tierras europeas en forma de migraciones. Las pruebas que se han empleado tradicionalmente para justificar sus orígenes escandinavos y su talante errático, de tipo lingüístico, arqueológico o etnográficos son, a juicio del autor, carentes de rigurosidad científica. Lo que puede constatar la arqueología es que los pueblos germánicos formaban comunidades donde la forma de vida era sedentaria, ni siquiera parcialmente nómada.
Estos pueblos, lamentablemente, no poseían escritura, y los que nos ha llegado son los documentos escritos lo que el autor califica de “observadores mediterráneos” : Plinio, Jordanes… Los considera poco estrictos. Por otro lado, estos autores relatan lo que ellos consideran de las tribus bárbaras, y no lo que ellas consideraban de si mismas. Otra de las razones por las que el autor del texto desconfía de estas fuentes es porque se ha demostrado con distintos estudios, que la pervivencia en la memoria de un pueblo de su propia historia, si esta está cuajada de migraciones, corresponde con la última vivida, ya que “para respaldar los recuerdos casi siempre es necesario […] un elemento visual. Cualquier cosa anterior se desvanece en el lapso que dura una vida humana” . De esta manera, el autor tira por tierra estas teorías sobre una Escandinavia que reparte sus semillas sobre Europa, y de una antigua germanía con pueblos cohesionados y conscientes de su origen e identidad comunes.
Una vez que el autor deja claro que no existió, más que en casos aislados, una avalancha de bárbaros que llevaron a cabo la caída del Imperio Romano, entra a analizar la naturaleza de las relaciones que se establecieron entre ambos pueblos según los documentos escritos grecorromanos. Pero centrándose en los que hicieron pervivir las maneras de hacer romanas a lo largo de la Edad Media, es decir, aquellos que de manera aislada y en el siglo V se asentaron en tierras romanas y se romanizaron. Salen del objetivo de este estudio, por tanto, los que se asentaron en las actuales islas Británicas y en los Balcanes, ya que estos si que desplazaron a los Romanos.
Los primeros contactos que establecían eran, según el autor, de origen militar. Las tropas bárbaras habían sido convencidas de que su posición más ventajosa era como siervos y protectores de Roma. Al asentarse en tierras romanas, se les concedían unas tierras en propiedad. La manera de llevar a cabo este reparto varía en distintas zonas del Imperio (expropiaciones en el norte de África, depredaciones en el norte de España, o tratados perfectamente regulados que, al menos en parte, consiguieron hacerse de manera que se mantuvo la armonía entre la población recién venida y la nativa).
La organización de la
propiedad de la tierra en las comarcas de asentamiento desvaneció gran parte de
la reglamentación típica de la vida romana tardía.
Año 418: Los
visigodos del rey Walia aceptaron los asentamientos en Aquitania que les ofrecía
el gobierno romano.
Año 433: Aecio instaló
a los Burgundios en una zona de la Galia Oriental.
Año 476: El Ejército
de Italia compuesto por diferentes pueblos bárbaros de pequeño tamaño, forzó la
deposición del último emperador de Occidente y entronizó a Odoacro, con la idea
de conseguir parcelas de terreno para sí.
Ultima década del
siglo V, después que Teodorico derrocara a Odoacro, se asignó terrenos a los
Ostrogodos.
Algunos aspectos del asentamiento bárbaro han despertado debates que, sin embargo, no han tenido en cuenta la cuestión de la asignación de tierras. “Este estudio [el
libro de Goffart] retoma este viejo tema e introduce tres novedades en el
debate. Para empezar, se elaborará una valoración crítica de la hipótesis según
la cual la repartición seguía, en el caso de los bárbaros, el modelo de las prácticas
romanas para los soldados destacados, conocido por los modernos como “el
sistema de hospitalitas” “
“ Algunos historiadores
[…] ninguno ha sabido determinar qué base existía en la legislación romana que
permitiera no sólo dar cobijo a los soldados bárbaros, sino también asignarles
parcelas de tierra. A continuación, se situará la documentación italiana en el
centro de la argumentación, puesto que constituye el único conjunto de escritos
lo suficientemente extenso como para ilustrar los detalles técnicos del
asentamiento bárbaro. […] Finalmente se sostendrá la tesis de que la “tierra”
otorgada a los bárbaros no suponía una propiedad ordinaria sino una forma especial de propiedad
posibilitada por las tardías leyes fiscales romanas. La asignación que recibía
inicialmente un bárbaro consistía en la titularidad fiscal y su producto –un tipo
de propiedad “superior” que no extinguía ni suplantaba los derechos privados de
propiedad de los romanos que poseían tierras gravadas y pagaban impuestos. Esta
peculiaridad contribuye a explicar por qué los asentamientos apenas ocasionaron
un murmullo de protestas entre los habitantes romanos de las provincias y por
qué las pocas protestas que suscitaron asumieron la forma que asumieron.” Pp 89.